DescripciónVictoria Santa Cruz (compositora peruana).jpg
Español: Victoria Eugenia Santa Cruz Gamarra (La Victoria, Perú; 27 de octubre de 1922 - Lima, Perú; 30 de agosto de 2014) fue una compositora, coreógrafa y diseñadora; es considerada como una de las mayores exponentes y difusoras del arte afroperuano.
Esta es una reproducción fotográfica fiel de una obra de arte bidimensional de dominio público. La obra de arte misma se halla en el dominio público por el motivo siguiente:
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Acorde a la ley 13714 (1961), bajo la administración del gobierno de Manuel Prado, y el artículo 4.3 de la Convención Universal sobre Derecho de Autor esta fotografía entró en el dominio público en Perú antes de 1996 porque fue tomada y presentada del negativo a papel o similar antes del 31 de diciembre de 1975 y se protegió por 20 años después de la primera divulgación de su ejemplar a partir del 1 de enero del año siguiente.
En el caso que la copia se divulgue inicialmente desde 1976 por otra persona o empresa, el D.L. 822 (1996) establece que las tomas realizadas antes del 31 de diciembre de 1953 entran automáticamente el dominio público, 70 años después de su creación a partir del 1 de enero del año siguiente. Para mayor información consulta la página sobre los derechos de autor en Perú.
Se entiende que es fotografía simple cuando el autor no lo incluyó en exclusiva para su obra literaria o científica. No aplica al reproducir una obra artística "de dominio privado" o de meramente documental. En caso que sea cedida por una editorial, incluso periodística, los derechos exclusivos de circulación por esta son por 5 años sin extender la duración. Es necesario indicar el nombre del autor o titular de la foto y la fecha de publicación. Advertencia: El D.L. 822 señala que algunas obras "gozan de los plazos de protección más extensos reconocidos en ésta Ley" pero este deniega la retroactividad hacia trabajos expirados. Es necesario incluir una plantilla que explique por qué está en el dominio público en los Estados Unidos.[822/1996 Disposiciones Transitorias 1 y Art. 144]
Excepciones: A pesar que aquellas publicadas inicialmente entre 1976 y 1996 reciben protecciones variadas, podrían no aplicarse en este año y la fecha LARU de 1996 en el caso de que: su dueño nunca se conoció o no llevó la etiqueta de "prohibida su reproducción" para materiales publicados antes de 1981 (use {{PD-Peru-anonymous}} si lo requiere), material inédito creado antes de 1926 o material de un autor fallecido antes de 1931 (use {{PD-Peru-1961law}} si lo requiere).
La postura oficial de la Fundación Wikimedia considera que «las reproducciones fieles de obras de arte bidimensionales de dominio público forman parte del dominio público». Esta reproducción fotográfica, por ende, también se considera de dominio público dentro de los Estados Unidos. Es posible que otras jurisdicciones restrinjan la reutilización de este contenido; consúltese Reutilización de fotografías PD-Art (en inglés) para más detalles.
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Esta obra se encuentra en el dominio público en los Estados Unidos porque cumple tres requisitos:
se publicó por primera vez fuera de este país (y no se publicó en los EE.UU. dentro de los siguientes 30 días),
se publicó por primera vez antes del 1 de marzo de 1989 sin aviso de derechos de autor o antes de 1964 sin renovación de derechos de autor o antes de que el país de origen estableciera tratados sobre derechos de autor con los Estados Unidos,
estaba en el dominio público en el país de origen en la fecha de URAA (1 de enero de 1996 para la mayoría de los países).
Para mayor información, vea las explicaciones que se encuentran en Non-U.S. copyrights (en inglés). Nota: Por favor recuerde que esta etiqueta no se debe utilizar con archivos de sonido.